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La seguridad eléctrica en las zonas comunes no es opcional, es una obligación legal y una responsabilidad colectiva. Cumplir con los plazos de inspección protege la integridad de las personas y los bienes y evita sanciones.
¿CUANDO SON OBLIGATORIAS? En Cataluña, las comunidades de propietarios tienen la responsabilidad legal de mantener en condiciones de seguridad todas las instalaciones comunes del edificio, incluidas las eléctricas. Esta obligación se deriva del Libro V del Código Civil de Cataluña (Ley 5/2015, de 13 de mayo), que regula la propiedad horizontal y establece el deber de conservación de los elementos comunes. Dentro de estas obligaciones se encuentra la inspección periódica de las instalaciones eléctricas de baja tensión en determinadas zonas, como garajes, jardines con alumbrado exterior y piscinas comunitarias. Estas inspecciones están reguladas por: El artículo 21 y la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-05 del Real Decreto 842/2002, que aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. La Sección 4 del Decreto 192/2023, de 7 de noviembre, sobre seguridad industrial en Cataluña.
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